Comienza el periodo estival y con el las vacaciones, os envío esta para desearos una buena ida y regreso y un reconfortante y merecido descanso.
También quiero recordaros que para cerrar deberemos comunicarlo al CMT y este solo nos comunicara si hubiere alguna objeción, dando autorización a través del silencio administrativo.El periodo de cierre será de 30 días, dos de 15 alternos o bien con el texto “cerramos del tal a tal día por vacaciones manteniendo un horario de atención al público de tal a tal hora”, en caso de cerrar unas horas al día.Os recuerdo también la circular que se envió en relación al abastecimiento a los AVCR en periodo de vacaciones:
Hemos trasladado una consulta verbal al Comisionado para el Mercado de Tabacos al respecto del abastecimiento por los AVCR en periodo vacacional de la Expendeduría asignada por un periodo superior a los 15 días, el modo de proceder es el siguiente:
- La Expendeduría afectada deberá comunicar previamente por escrito al CMT, departamento de inspección, los AVCR que van a ser abastecidos, por la expendeduría que van a ser suministrados (siempre otra de las tres más cercanas) excepcionalmente, el periodo en que van a ser abastecidos y el motivo (vacaciones de la expendeduría asignada).
- Así mismo la Expendeduría elegida deberá añadir en la factura emitida el texto: “ Factura emitida por esta Expendeduría por periodo vacacional de la asignada”