INSTRUCCIONES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 42/2010 EN EL ÁMBITO DE LA HOSTELERÍA (CARTELERÍA) 30/12/2010

GOBIERNO DE ARAGÓN

Instrucciones para el cumplimiento de Ley del tabaco que afectan al sector de hostelería, 

 

La Ley del tabaco tiene como finalidad garantizar espacios libres de humo tanto para los clientes como para los trabajadores de la hostelería. El humo ambiental de tabaco es un tóxico que ha sido reconocido como cancerígeno y causante de enfermedades y muertes evitables. Las principales novedades incluidas en la modificación de la Ley 28/2005 que afectan al sector de la hostelería son:  Prohibición total de fumar en bares, restaurantes y demás establecimientos de restauración cerrados. No se puede fumar en espacios cerrados de uso público. Por tanto no se pueden habilitar zonas para fumar (modificación del artículo 7 de la Ley 28/2005).  Las máquinas expendedoras de productos de tabaco podrán seguir estando ubicadas en bares, restaurantes y demás establecimientos de restauración cerrados aunque esté prohibido fumar (modificación del artículo 4 de la Ley 28/2005)  A efectos de esta Ley, en el ámbito de la hostelería, se entiende por espacio al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos (modificación del artículo 2 de la Ley 28/2005).

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