INFORME ASESOR JURÍDICO ASEZAR LIMITACIÓN PAGO EN EFECTIVO 29-10-2012

No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 2.500 euros o su contravalor en moneda extranjera.

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