No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 2.500 euros o su contravalor en moneda extranjera.

ASEZAR refuerza la seguridad del sector en una jornada clave para los expendedores de Zaragoza
El pasado 19 de marzo, la sede de ASEZAR acogió una jornada de especial relevancia para el sector de expendedurías

