INFORMACIÓN ÚTIL RELATIVA A LA DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES – Modelo 347

EN EL PROGRAMA DE GESTIÓN DE GESTANCO TENEMOS LA OPCIÓN DE IMPRIMIR LA INFORMACIÓN QUE FACILITAREMOS A NUESTROS CLIENTES.

El mes de febrero es necesario hacer la declaración anual de operaciones a terceros (modelo 347) en la que se ha de incluir todas las operaciones, tanto con clientes como con proveedores, que durante el año pasado hayan superado la cantidad de 3.005,06 Euros (IVA incluido).

El 24 de septiembre se publicó en el BOE número 234 la Orden HAP/1732/2014 por la que se modifican la Orden EHA/3012/2008, de 20 de Octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación

Todas las modificaciones a las que se hace referencia en la citada Orden entran en vigor el 27/09/14, por lo que afectará directamente a las presentaciones que se realizarán  del modelo 347 en febrero de 2015 relativas al ejercicio 2014. Una de las novedades  que introduce la Orden es la siguiente:

1.- Nuevos Obligados a presentar la declaración modelo 347:

– Hasta ahora los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado de IVA (MODULOS) solo estaban obligados a declarar aquellas operaciones por las que emitían factura (es decir, ingresos) y que superaban en su conjunto el límite establecido de 3.005,06 Euros. A partir de ahora los contribuyentes que liquiden el IVA en su modalidad simplificada (módulos) deberán declarar la información relativa a adquisiciones de bienes y servicios que figuren en su libro registro de facturas tanto emitidas como recibidas.

La gran novedad es que los PVR que estén en módulos también están obligados a hacer la declaración  del 347 siempre que superen la cantidad de 3.005,06 Euros anuales y por tanto tiene que declarar sus compras a los estancos.

 

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